Rociadores y exutorios: la interacción que puede redefinir el comportamiento del sistema

Tiempo de lectura: ( Palabras: )

En el diseño de sistemas de protección contra incendios en entornos industriales, la convivencia entre rociadores automáticos y exutorios de humos suele resolverse desde una lectura normativa simplificada. Sin embargo, en escenarios de mayor exigencia —especialmente en almacenamiento en altura— esta aproximación puede resultar insuficiente.

La interacción entre ambos sistemas no es únicamente una cuestión normativa. Es, fundamentalmente, un fenómeno físico.

Base física: pluma térmica y activación

En un incendio en fase de crecimiento, la pluma térmica ascendente transporta calor y productos de combustión hacia la cubierta. La activación de los rociadores depende directamente de la temperatura y velocidad de esa pluma al entrar en contacto con el elemento sensible.

La presencia de aberturas en cubierta —exutorios o lucernarios— puede alterar este comportamiento:

· Dispersión o desviación de la pluma térmica
· Reducción de la temperatura local bajo cubierta
· Retraso en la activación de los rociadores
· Incremento del aporte de oxígeno en caso de apertura prematura

Estos efectos pueden comprometer la capacidad del sistema para controlar el incendio en su fase inicial, especialmente en configuraciones con alta carga de fuego.

Marco normativo: aproximaciones no homogéneas

Los principales marcos normativos abordan esta interacción con distintos niveles de profundidad:

· NFPA (NFPA 13): define criterios específicos de separación, disposición y compensación de rociadores en presencia de aberturas.
· FM Global: adopta un enfoque más restrictivo, limitando el uso de exutorios en almacenes protegidos con rociadores, especialmente en sistemas ESFR.
· EN 12845: trata esta interacción principalmente desde un punto de vista geométrico, con menor desarrollo de sus implicaciones físicas.

Esta heterogeneidad implica que el cumplimiento formal no garantiza necesariamente un comportamiento óptimo del sistema en caso real.

Aspecto clave UNE-EN 12845 NFPA 13 / NFPA 204 FM Global
(DS 1-10 / DS 2-0)
Nivel de desarrollo del tema Limitado Intermedio-alto Muy alto
Tratamiento de lucernarios (skylights) Criterio geométrico básico Reglas específicas según tamaño y separación Tratamiento como apertura crítica
Umbral típico de exención Volumen ≤ 1 m³
(con matices)
≤ 3,0 m² y separación ≥ 3,0 Muy restrictivo
Aireadores estáticos (ceiling pockets) No desarrollado en profundidad Regulados con límites claros Considerados críticos
Exutorios automáticos No desarrollados en detalle Limitados
(especialmente con ESFR)
Potencialmente perjudiciales
Temperatura de activación del exutorio No definido claramente ≥ +21 °C respecto al rociador ≈ 182 °C
Rociadores bajo exutorios No definido de forma específica Dependiente del diseño Obligatorios en muchos casos
Interacción entre sistemas Simplificada Considerada parcialmente Crítica y prioritaria
Uso de diseño prestacional Poco habitual Requerido en casos complejos Implícito en muchos escenarios
Compatibilidad global de sistemas No desarrollada Requiere análisis de ingeniería Parte central del diseño
Filosofía general Cumplimiento normativo Diseño técnico validado Protecc

ión conservadora


Implicaciones de diseño

En este contexto, el diseño debe ir más allá de la aplicación normativa:

· Definir claramente el marco de referencia del proyecto
· Evaluar la compatibilidad entre estrategias de control de humos y supresión
· Ajustar la distribución de rociadores cuando sea necesario
· Coordinar los criterios de activación de los exutorios

La falta de una visión integrada puede dar lugar a sistemas correctos desde el punto de vista documental, pero inconsistentes en su comportamiento real.

Más allá del cumplimiento

En entornos industriales críticos, el diseño de sistemas PCI no puede limitarse a aplicar una norma. Requiere entender cómo interactúan los sistemas y qué ocurre cuando el incendio se desarrolla.

Porque el riesgo no está en incumplir la normativa.
Está en dar por válida una solución que no ha sido concebida como un sistema integrado.

La normativa define el marco.
El criterio técnico, el resultado.

2 Comentarios

  1. Buenos días, como expertos que sois en sistemas de evacuacion de humos, tengo un problema con una OCA en una inspeccion realizada.
    Tengo una nave con varios sectores de incendio, en uno de ellos necesito exutorios y se ha realizado, cumpliendo la UNE 23585 dos depósitos separados por una cortina, colocando exutorios en la cubierta en cada uno de ellos, entendiendo en el funcionamiento que un depósito contiene los humos y los evacúa y por el otro depósito al abrirse los exutorios entra el aire fresco.
    La OCA dice que no cumple que la entrada de aire sea por la cubierta, que la entrada de aire debe de estar en la parte inferior de la fachada.
    Podéis decirme si vosotros veis que eso tenga que ser así? las entradas de aire solo pueden ser por la fachada? lo dice así la norma explícitamente, prohíbe que puedan estar en la cubierta las entradas de aire?

    Responder
    • Buenos días David.

      Por lo que describes, no compartimos la interpretación de la OCA de que el aire de reemplazamiento de un SCTEH diseñado conforme a UNE 23585 tenga que proceder obligatoriamente de aberturas situadas en la parte inferior de la fachada.

      La UNE 23585 exige disponer del aporte de aire de reemplazamiento necesario pero no establece como única solución posible que dicho aporte se realice mediante huecos de fachada. De hecho, la propia norma contempla, bajo determinadas condiciones, la utilización de aireadores situados en otros depósitos de humos adyacentes como entrada de aire de reemplazamiento.

      Por tanto, en una nave dividida en varios depósitos mediante barreras de humo, puede plantearse que, ante un incendio en un depósito, sus aireadores realicen la evacuación mientras determinados aireadores de otro depósito proporcionan el aire de reemplazamiento. Que estos últimos estén situados en cubierta no invalida por sí mismo la solución.

      Lo que sí debe comprobarse es que el diseño concreto cumple todas las condiciones establecidas por UNE 23585: superficie aerodinámica disponible para admisión, secuencia y simultaneidad de apertura, posición de los aireadores respecto al depósito afectado, velocidades de entrada y ausencia de efectos perjudiciales sobre el penacho y la capa de humos, entre otros aspectos.

      Por ello, pediríamos a la OCA que indicase el apartado concreto de UNE 23585 en el que fundamenta que las entradas de aire deban estar obligatoriamente en fachada. No conocemos una prohibición general de utilizar aireadores en cubierta como aporte de aire; al contrario, la norma contempla esta posibilidad cuando el sistema se configura y dimensiona adecuadamente.

      En resumen: la entrada de aire por fachada es una solución habitual, pero no es la única admitida por UNE 23585. Para determinar si vuestra instalación concreta cumple habría que revisar el cálculo y la maniobra del SCTEH.

      Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

También te puede interesar

Share This