El artículo 22 del nuevo RIPCI (RD 513/2017) indica claramente el contenido de las inspecciones periódicas de las instalaciones de protección contra incendios por las entidades de control.
Durante las inspecciones periódicas de las instalaciones de protección contra incendios se inspeccionará tanto el estado de los productos (equipos y sistemas) in situ, como la documentación aplicable (relativa a la puesta en servicio, mantenimiento, etc., según aplique).
El reglamento, ya en vigor desde el pasado día 12 de Diciembre de 2017, recomienda que la entidad de control, a fin de verificar correctamente el estado de las instalaciones, vaya acompañada de la empresa especialista que esté habilitada para el mantenimiento de éstas, para activar los distintos componentes del sistema de protección contra incendios a inspeccionar.
En el momento de la inspección periódica, el organismo de control solicitará al titular la documentación de dicha instalación de protección contra incendios.
En el caso especial de los proyectos de los sistemas de temperatura y evacuación de humos (SCTEH) han de realizarse según la nueva norma UNE 23585, ya disponible en su edición 2017; y los objetivos del diseño se deben proyectar de acuerdo a diferentes escenarios, y la documentación debe contener toda la información necesaria como bocetos y planos , descripción, lista de componentes, acta de certificación de la instalación, informes de ensayo de los componentes, detalles de los cálculos hechos, etc.) para una identificación clara y trazabilidad del sistema instalado.
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