El CTE, DB-SI define las cortinas cortafuegos como «sistemas complejos y no convencionales» por su carácter innovador. Y como tal, establece que su utilización en las obras, como carecen de marcado CE, debe ampararse en una certificación de la idoneidad técnica que verifique todas aquellos componentes y características del sistema que sean críticos para que este cumpla la función que le sea exigible.
Las Certificaciones de Idoneidad Técnica exigidas por el Código Técnico de la Edificación (CTE) se pueden obtener por dos procedimientos análogos:
- Certificación de Prestaciones (CP)
- Evaluaciones Técnicas de Idoneidad (ETI)
Ambos procedimientos son igualmente válidos para cortinas cortafuegos, sin embargo, la diferencia entre ambos es que la CP, al contrario de las ETI, no requiere que la entidad certificadora lleve a cabo un control de producción en fábrica – CPF. Por lo tanto, si de manera voluntaria el fabricante decidiera realizar el CPF, la Certificación de Prestaciones – CP alcancaría el nivel de una ETI.
Con el fin de armonizar las certificaciones de idoneidad técnica de los fabricantes de cortinas cortafuegos, recientemente el Código Técnico de la Edificación ha publicado dos notas donde define el contenido de dichas Certificaciones, además de el listado de laboratorios que pueden emitir estas Certificaciones.
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